La Corte Constitucional declaró en incumplimiento general el componente de suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que el Gobierno Nacional debía garantizar para 2024. El alto tribunal determinó que no existe un mecanismo claro y concreto para fijar el valor de la UPC, lo que ha generado un vacío en la financiación del sistema de salud.
En su fallo, la Corte le otorgó al Gobierno un plazo de 10 días para establecer un mecanismo que permita calcular el reajuste de la UPC no solo para 2024, sino también para 2025. Además, ordenó al Ministerio de Salud crear una mesa de trabajo con diferentes actores del sector para revisar el cálculo de la UPC y evaluar el rezago acumulado desde 2021.
“Se ordenó al Ministerio de Salud la creación de un mecanismo de reajuste que deberá aplicar a la UPC de 2024 y 2025, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de esta decisión”, señaló el pronunciamiento de la Corte.
El tribunal también criticó la falta de información confiable para contrastar los reportes de las EPS y calcular la UPC año tras año. Los magistrados destacaron que los datos actuales no son suficientes ni cumplen con la calidad necesaria para este propósito. Además, señalaron que el mecanismo para fijar la UPC debe ser actualizado e incluir variables como la siniestralidad, la inflación y las destinaciones específicas de los recursos para la atención de los pacientes.
“Crear una mesa de trabajo con participación de diferentes entidades y actores del sector salud cuyo objetivo principal es revisar la UPC de 2024, conforme a unos parámetros mínimos que deberá establecer el MSPS con apoyo de los integrantes de la mesa”, añadió la Sala de Seguimiento de la Corte.
Otro punto destacado del fallo fue la crítica hacia el Ministerio de Salud por señalar presuntos usos indebidos de los recursos de la UPC por parte de las EPS sin presentar pruebas concretas. La Corte advirtió que esta situación no puede ser excusa para no ajustar correctamente el pago anual, ya que podría afectar los montos mínimos que las EPS deben mantener en sus cuentas, según lo exige la ley.
“La Sala consideró que esta insuficiencia puede afectar los montos mínimos que exige la ley que las EPS tengan en sus cuentas, y aunque el Ministerio alega uso indebido de la UPC no entrega las pruebas de esto para que se inicien las investigaciones correspondientes”, agregó la providencia.
Por último, la Corte Constitucional instó al Ministerio de Hacienda a aprobar los recursos necesarios para que el Gobierno Nacional cumpla con los compromisos y órdenes que garantizan el derecho a la salud de los colombianos.
Este fallo se da en un contexto en el que el sistema de salud enfrenta múltiples desafíos financieros y operativos, y pone en evidencia la necesidad de una reforma estructural en la forma en que se calcula y distribuye la UPC.
Sala Digital Colmundo