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24 octubre, 2025Consejo de Estado suspende decreto que creaba un nuevo modelo de salud en Colombia
El Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente el Decreto 0858 de 2025, con el cual el Gobierno Nacional pretendía implementar el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo en todo el país. La medida se tomó tras considerar que el Ejecutivo habría excedido sus facultades reglamentarias y violado el principio de reserva de ley.
La Sección Primera de la corporación explicó que, mientras se estudia de fondo la demanda presentada, no podrá aplicarse el nuevo modelo, al señalar que su contenido regula aspectos estructurales del Sistema de Seguridad Social en Salud, materia que solo puede ser modificada por el Congreso de la República.
La demanda fue presentada por el representante Andrés Forero
El representante a la Cámara Andrés Forero fue quien interpuso la demanda contra el decreto. Según su argumento, el Gobierno se extralimitó al regular elementos estructurales del sistema, una función que “corresponde exclusivamente al poder legislativo”.
“El Consejo de Estado acogió mi solicitud de medidas cautelares y suspendió el Decreto 0858 de 2025. Es una buena noticia y un alivio para los colombianos que el ‘plan b’ o reforma a la salud vía decreto se haya empantanado”, señaló el congresista.
De acuerdo con Forero, el decreto generaba una transformación sustancial del modelo de prestación de servicios, al crear las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), lo que desplazaba el rol coordinador de las EPS y modificaba de manera indirecta la estructura del sistema sin aprobación legislativa.
El decreto replicaba los puntos centrales de la reforma a la salud
El Decreto 0858 fue desde su inicio objeto de críticas por reflejar buena parte de las propuestas incluidas en la Reforma a la Salud que el Gobierno no ha logrado aprobar en el Congreso. Según el Ministerio de Salud, el objetivo era resolver los problemas del sistema a corto y mediano plazo, implementando un modelo territorial de atención preventiva.
El modelo preveía la creación de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), conformadas por hospitales y centros de atención públicos, privados y mixtos, que funcionarían bajo dos niveles:
- Nivel primario: la atención directa a los ciudadanos, con servicios de baja y mediana complejidad. El Gobierno proyectaba iniciar este esquema en zonas con baja capacidad de atención primaria.
- Nivel secundario o complementario: donde se prestarían servicios de mayor complejidad mediante un sistema de referencia y contrarreferencia, que garantizaría la continuidad del tratamiento del paciente.
Según el decreto, las gobernaciones y alcaldías tendrían el control de la red, articulándose con las EPS e IPS en sus territorios.
Las EPS no desaparecían, pero perdían poder en la red de atención
Aunque el Gobierno aseguró que las EPS no desaparecerían para los usuarios, su papel cambiaría de manera sustancial. Según el texto del decreto, ya no controlarían la conformación de la red ni la remisión de los pacientes, y dejarían de ser intermediarias de los recursos del sistema.
De esta forma, el nuevo modelo desplazaba la función de coordinación que actualmente cumplen las EPS, otorgando un rol central a las autoridades territoriales, algo que el Consejo de Estado consideró que debe debatirse y aprobarse mediante ley, no por decreto presidencial.
Con esta decisión, el alto tribunal frena temporalmente uno de los principales pilares del Gobierno en materia de salud, y deja en suspenso la aplicación del modelo que buscaba transformar la atención médica en el país. Mientras tanto, el Consejo de Estado deberá decidir de fondo si el Ejecutivo vulneró o no los límites de su potestad reglamentaria.
Humberto ‘Toto’ Torres




