¿Cuánto tiempo tiene el presidente para rectificarse?
El Consejo de Estado emitió un fallo de tutela en el que ordena al presidente Gustavo Petro rectificar sus comentarios realizados el pasado 8 de octubre en su cuenta de la red social X. En dichos comentarios, Petro acusó al abogado Enrique Vargas Lleras de estar involucrado en un sorteo para designar a su hermano Germán Vargas Lleras como árbitro en un litigio ante la Cámara de Comercio de Bogotá. Según la decisión, el presidente deberá corregir sus afirmaciones dentro de un plazo máximo de 48 horas tras la notificación, debido a la vulneración de los derechos al buen nombre y a la honra del abogado.
Es de recordar que, el pasado 8 de octubre de 2024, Petro utilizó su cuenta en la red social para expresar que Enrique Vargas Lleras habría tenido participación en un proceso de selección que resultó en la designación del exvicepresidente Germán Vargas Lleras, también líder de Cambio Radical, como árbitro en un conflicto legal entre las sociedades Equipo Universal SA y Castro Tcherassi, contra el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU). En el mensaje, el presidente afirmó que “miles de millones de pesos se gana un Vargas Lleras por un sorteo que hace el otro Vargas Lleras en la corte arbitral de la Cámara de Comercio de Bogotá”.
https://twitter.com/petrogustavo/status/1843714792126599350
En su solicitud, Enrique Vargas Lleras planteó tres pretensiones principales: la protección del derecho al buen nombre, la protección del derecho a la honra y la rectificación pública por parte de Gustavo Petro. Argumentó que la publicación hecha por el presidente violó su derecho al buen nombre al vincularlo erróneamente con el sorteo arbitral y que las acusaciones impactaron negativamente su imagen pública. Como consecuencia, pidió que se ordenara al presidente retractarse de las afirmaciones hechas en su publicación.
La Sala del Consejo de Estado, encabezada por el magistrado Wilson Ramos Girón, resolvió que el presidente Petro había vulnerado las garantías al buen nombre de Vargas Lleras, ya que no presentó pruebas que respaldaran sus afirmaciones. En este sentido, se destacó que la acusación de que el abogado participó directamente en el sorteo para designar a Germán Vargas Lleras como árbitro carecía de fundamentos. La sentencia concluyó que, al no existir pruebas que apoyaran estas declaraciones, el mandatario debía retractarse públicamente.
Este fallo se suma a otra sentencia previa emitida por el alto tribunal en agosto de 2024, cuando se le ordenó a Petro rectificar sus declaraciones acerca de la responsabilidad de la familia Vargas Lleras en la pérdida de millonarios recursos del sistema de salud. En ese caso, aunque el presidente cumplió con la rectificación, su corrección no fue total, ya que se mantuvo en varias de sus afirmaciones. Esta es la segunda vez en menos de un año que el presidente Gustavo Petro es obligado a rectificar por el mismo tribunal.
La repetición de estos fallos ha generado un debate sobre las declaraciones del mandatario y su manejo de la información. Algunos sectores consideran que el presidente debe ser más cuidadoso con sus afirmaciones públicas, mientras que otros defienden su derecho a expresar sus opiniones. En cualquier caso, la situación pone de manifiesto la importancia de la veracidad y la responsabilidad en el discurso político.
En respuesta a la decisión del Consejo de Estado, el presidente Petro ha manifestado su disposición a cumplir con el fallo, aunque ha reiterado su preocupación por lo que considera una judicialización de la política. Petro ha señalado que continuará defendiendo su derecho a la libre expresión, pero que acatará las decisiones judiciales en aras de mantener el respeto por las instituciones y el Estado de derecho.
Conozca la sentencia completa aquí: Sentencia completa:https://www.consejodeestado.gov.co/news/2025/27-Ene-2025.php
Juan Joya