
Bogotá refuerza la protección de personas mayores en abandono hospitalario
27 febrero, 2026
El empresario ‘Ojos Azules’ sentenciado por doble homicidio en Barranquilla
27 febrero, 2026El Consejo de Estado anuló la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica S.A. ESP (ISA), tras concluir que el proceso de selección presentó irregularidades graves. La decisión fue adoptada por la Sección Quinta mediante sentencia de única instancia del 26 de febrero de 2026, luego de analizar una demanda que cuestionó la legalidad del acto de elección.
De acuerdo con el fallo, durante el proceso se configuró un “vicio de expedición irregular” que afectó la validez de la designación. La Sala explicó que los criterios de evaluación fueron modificados cuando el procedimiento ya estaba avanzado, pese a que existía una primera calificación de los aspirantes. Esta alteración, según la sentencia, tuvo un impacto directo en el resultado final del concurso. En ese sentido, el alto tribunal estableció que el cambio en la matriz de evaluación favoreció de manera determinante a Carrillo Cardoso, quien inicialmente ocupaba los últimos lugares y luego ascendió a las primeras posiciones.
Por consiguiente, indicó que a su vez, la puntuación de otros candidatos se redujo, lo que alteró el equilibrio del proceso; por lo que la Sala dictaminó que esta modificación sustancial no fue debidamente justificada ni ajustada a las reglas previamente definidas. La decisión también cuestionó el rol de la Junta Directiva de ISA, al señalar que asumió funciones técnicas que correspondían exclusivamente al Comité de Talento Organizacional.
“Los miembros de la Junta Directiva de ISA que emitieron el voto favorable para elegir al demandado no actuaron con rectitud, lealtad y honestidad, principios que forman parte de la moralidad administrativa según la definición del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, generando con su conducta una grave afectación a la confianza pública”, se lee en el documento.
Según la resolución judicial, la junta “excedió su ámbito competencial”, ya que su función se limitaba a elegir al presidente a partir de la terna presentada por dicho comité. Además, indicó que fueron ignorados, sin explicación objetiva, los resultados de la firma cazatalentos que evaluó el perfil del entonces candidato. Aunque el Consejo de Estado aclaró que Carrillo Cardoso sí cumplía con los 15 años de experiencia exigidos para el cargo y que las investigaciones penales en etapa preliminar no son causal de exclusión, concluyó que las irregularidades vulneraron el principio de moralidad administrativa.
“La selección de candidatos a la presidencia de ISA no se hace a través de la figura del concurso de méritos donde el nombrado deba ser el que de acuerdo con los criterios adoptados por el comité obtenga el mayor puntaje. El mecanismo empresarial acogido en el contrato societario es en esencia un proceso de verificación de concurrencia de los criterios antes referidos en los aspirantes para que la junta directiva, una vez perfilados los candidatos, pueda designar al presidente”, añadió.
Finalmente, el Consejo de Estado ordenó retomar el proceso de selección desde el momento previo a la modificación de la evaluación y, en consecuencia, declaró la nulidad de su elección como presidente de ISA.
Dayineth Isabel Molina Velásquez




