La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia falló en contra del exgobernador de La Guajira, Hernando David Deluque Freyle, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Tras ser hallado culpable, el exmandatario recibió una pena de 117 meses de prisión, una multa equivalente a 2.364 salarios mínimos legales vigentes (SMLV) y una inhabilitación para ejercer funciones públicas durante 123 meses y 11 días.
La condena se debe a las irregularidades en varios contratos de infraestructura, como el mantenimiento de vías, la construcción de pavimentos y la canalización de un arroyo en el municipio de Albania.
De acuerdo con el alto tribunal, estos contratos vulneraron los principios de transparencia y planeación. Entre los hallazgos figura la construcción de un alcantarillado en una zona de baldíos donde no era requerido, así como plazos inusualmente cortos entre la fijación de los términos de referencia y la firma de los contratos, lo que terminó en la suspensión de una obra.
La investigación se originó a partir de la compulsa de copias que hizo la Procuraduría General de la Nación el 8 de marzo de 2004 ante la Fiscalía General de la Nación, con el fin de investigar al entonces gobernador de La Guajira.
Además de Deluque, el tribunal condenó a otros dos exfuncionarios que ocuparon la Gobernación en calidad de encargados. Alejandro Magno Builes Suárez fue sentenciado a 100 meses de prisión, una multa de 13 salarios mínimos legales vigentes y 105 meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Raúl Nicolás Fragozo Daza recibió una pena similar de 100 meses de prisión, una multa de 131 salarios mínimos y la misma inhabilitación de 105 meses y 15 días.
Juan Joya