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15 diciembre, 2025Con la llegada de la temporada decembrina, millones de pensionados en Colombia esperan con entusiasmo el pago de la mesada 13, una prestación adicional que corresponde al valor de su pensión mensual, sin descuentos ni retenciones. Este pago extra se ha convertido en un alivio económico para muchos, especialmente en un mes donde los gastos de regalos, viajes y reuniones familiares son comunes.
Sin embargo, muchos colombianos han expresado dudas sobre quiénes son realmente los beneficiarios de la mesada 13, ante la confusión que se ha generado en redes sociales sobre los requisitos para recibir este pago adicional. En respuesta, Colpensiones ha salido a aclarar de manera oficial los criterios para acceder a esta prestación.
¿Quiénes tienen derecho a la mesada 13 en Colombia?
Colpensiones, el fondo pensional público encargado de administrar el Régimen de Prima Media (RPM), recordó que de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 100 de 1993, los pensionados que cumplen con los requisitos establecidos tienen derecho a recibir la mesada 13. Esta ley regula el sistema pensional colombiano y establece las condiciones para acceder a los pagos adicionales.
Los pensionados que recibirán la mesada 13 en diciembre son los siguientes:
- Pensionados por vejez: Son aquellas personas que han alcanzado los 62 años de edad (hombres) o los 57 años (mujeres), y que han cotizado al menos 1.300 semanas laborales. Para las mujeres, la exigencia de semanas cotizadas será progresivamente reducida hasta llegar a 1.000 semanas en 2036.
- Pensionados por invalidez: Se refiere a aquellos individuos que han perdido el 50% o más de su capacidad laboral debido a un accidente o enfermedad. Este grupo también tiene derecho a la mesada 13.
- Pensionados por sobrevivencia: Este grupo está compuesto por las personas que reciben una pensión debido al fallecimiento de un familiar que era pensionado, asegurando así su estabilidad económica.
¿Quiénes no recibirán la mesada 13?
Colpensiones también aclaró que no todos los beneficiarios de pensión tienen derecho a este pago adicional. Los excluidos de la mesada 13 son:
- Personas que recibieron Devolución de Aportes: Aquellos ciudadanos que no cumplieron con las 1.300 semanas o la edad mínima para pensionarse y, por lo tanto, solo recibieron el ahorro acumulado.
- Beneficiarios de los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos): Este programa de apoyo económico para la vejez no otorga una pensión, por lo que sus beneficiarios no recibirán la mesada 13.
- Pensionados después del 31 de julio de 2011 con mesadas superiores a 15 salarios mínimos: Según el Acto Legislativo 01 de 2005, este grupo fue excluido de beneficios adicionales como la mesada 13.
En resumen, Colpensiones ha confirmado que aquellos que hayan alcanzado su pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia y que cumplan con los requisitos establecidos, serán los beneficiarios de la mesada 13 este diciembre.
Humberto ‘Toto’ Torres




