Este jueves 6 de febrero, la Corte Constitucional falló a favor de la prohibición del matrimonio infantil en el país, decretando que las personas podrán contraer nupcias desde los 18 años y no desde los 14, como estaba establecido en el Código Civil.
El Alto Tribunal declaró inexequibles los artículos 117 y 124, que autorizaban a los menores de edad, mayores de 14 años, para casarse con un adulto u otro adolescente, siempre y cuando tuvieran el consentimiento de sus padres. “Las uniones tempranas constituyen una práctica nociva para los niños y niñas, que se sustenta en paradigmas culturales y estereotipos de género que deben ser superados”, indicaron.
“Ello por considerar que el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución y en particular al bloque de constitucionalidad dispuesto en la Convención Contra la Discriminación Contra la Mujer -que prohíbe el matrimonio de niños y niñas -, interpretado a la luz del artículo 1 que define a los niños y niñas como personas menores de 18 años”, señaló la Corte.
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En ese sentido, le solicitaron a las autoridades administrativas de orden nacional y territorial, que diseñen nuevas políticas que se enfoquen en la prevención y erradicación de las uniones y matrimonios tempranos, con el objetivo de que las niñas y adolescentes puedan decidir con libertad y autonomía. La Corte también pidió que se brinde herramientas que ayuden a fortalecer sus derechos.
“Se ordenó a la Defensoría del Pueblo que identifique las zonas del país en las que exista mayor incidencia de matrimonio infantil y uniones tempranas e implemente en esas zonas campañas pedagógicas dirigidas a difundir la presente decisión y a promover los derechos de las niñas y las adolescentes, involucrando principalmente a comunidades campesinas, comunidades étnicas, así como a la comunidad académica”, fue otra de las exigencias de la institución.
La ponencia fue realizada por la magistrada Cristina Pardo y la decisión de la Corte se da gracias a las demandas interpuestas por los ciudadanos Marco David Camacho García, Lorena Alejandra Parada, Angela María Lucero Correa, Andrea Catalina Arango Rua y Carlos Daniel Galindo Serna. Por su parte, Clara López, senadora por el Pacto Histórico, celebró la decisión, ya que ella fue la ponente del proyecto de ley de la autoría de la representante Jenifer Pedraza, y que fue aprobada el pasado 13 de noviembre de 2024 en la plenaria del Senado: “Son niñas, no esposas”.
“Celebro que la Corte Constitucional haya decidido proteger los derechos de las niñas. Junto a la política pública que está prevista en el proyecto de ley que logramos aprobar en el Congreso, está práctica será erradicada de nuestra sociedad. Son niñas, no esposas”, escribió en su cuenta de X.
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Dayineth Isabel Molina Velásquez