La falta de recaudo de impuestos por apuestas ilegales priva al sistema de salud de millones de pesos anuales, afectando directamente el bienestar de los colombianos.
Este lunes, la Gerencia de Control a las Operaciones Ilegales de Coljuegos solicitó al Centro Cibernético Policial el bloqueo de 289 perfiles en redes sociales como Facebook e Instagram, debido a la realización de rifas, bingos y la promoción de casas de apuestas no autorizadas en el país.
Entre los perfiles a bloquear se encuentran influencers reconocidos como Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, Yeferson Cossio y Carlos Mauricio Gómez, alias ‘La Liendra’, quienes juntos suman más de 23 millones de seguidores. También se mencionan cuentas como “motormaniacolombia” y “javier.arias.stunt”, entre otras.
Marco Emilio Hincapié, presidente de Coljuegos, declaró: “Le hemos pedido a la multinacional Meta que bloquee estos y otros perfiles que se dedican a operar juegos de suerte y azar sin autorización del Estado, o que promocionan casas de apuestas extranjeras que no pagan los respectivos derechos de explotación en nuestro país”. Hincapié agregó que, cada año, se dejan de percibir cerca de $70.000 millones destinados a la salud de los colombianos a causa de las rifas ilegales, por lo que es indispensable que compañías como Meta se unan a la lucha contra esta conducta delictiva.
Además de las solicitudes de bloqueo, Coljuegos informó que actualmente adelanta otros 35 procesos administrativos sancionatorios contra influencers y empresas por la presunta operación ilegal de juegos de suerte y azar. También se están investigando 79 perfiles adicionales de personas que aún no han sido identificadas. “Durante nuestra administración hemos emitido 7.631 solicitudes de bloqueo de páginas web que operaban juegos de manera ilegal, indicando una acción contundente contra las apuestas virtuales ilegales que desfalcan el sistema de salud”, señaló Hincapié.
Hay que recordar que la operación de juegos de suerte y azar sin autorización es un delito establecido en el artículo 312 del Código Penal. Quienes incurran en esta práctica son objeto de una sanción de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Hincapié destacó que la falta de control sobre estas actividades representa una pérdida significativa para el sistema de salud colombiano.
Conozca la carta completa aquí:
https://es.scribd.com/document/802824612/20245200361711-META-PLATFORMS-1733787504976#from_embed
Sala Digital Colmundo