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Cinco años de espera: Colombia aún sin reglamentación para prohibir pruebas cosméticas en animales

Consejo de Estado le da un plazo de 6 meses al Gobierno para acatar la medida.

La Ley 2047 de 2020, que prohíbe la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos testeados en animales, fue aprobada hace casi cinco años con el objetivo de erradicar el uso de seres vivos en pruebas de laboratorio dentro de la industria cosmética en Colombia. Sin embargo, a pesar de su promulgación, la norma aún no ha sido reglamentada, lo que ha generado una serie de cuestionamientos sobre el incumplimiento por parte del actual y el anterior gobierno.

Desde su aprobación, la ley establecía que el Ejecutivo debía expedir la reglamentación en un plazo máximo de un año. No obstante, el gobierno anterior no avanzó en este proceso, dejando la responsabilidad en manos de la administración actual. En abril de 2025, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Gobierno reglamentar la norma, pero la directriz no fue acatada. Ante esta falta de acción, el Consejo de Estado ratificó la orden y fijó un nuevo plazo de seis meses para que el presidente de la República y los ministerios competentes cumplan con la expedición del reglamento.

El incumplimiento de esta obligación ha sido motivo de críticas por parte de sectores animalistas y legisladores que impulsaron la iniciativa. Durante el gobierno anterior, se argumentó que la falta de reglamentación se debía a la necesidad de realizar estudios técnicos sobre el impacto de la prohibición en la industria cosmética. Sin embargo, estos estudios nunca fueron presentados de manera oficial, lo que generó dudas sobre la verdadera voluntad política para implementar la ley.

En la administración actual, la Presidencia ha señalado que no ha recibido un proyecto de decreto por parte de los ministerios, lo que impide atribuirle responsabilidad directa en el incumplimiento. No obstante, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aclaró que la obligación de reglamentar la ley recae directamente sobre el presidente, sin necesidad de un documento técnico previo. Los ministerios de Comercio y TIC han respondido con informes sobre campañas de divulgación de la prohibición de experimentación en animales, pero no han avanzado en la reglamentación exigida. Por su parte, el Ministerio de Ambiente ha señalado que la tarea corresponde al Ministerio de Salud, mientras que este último no ha entregado una posición clara sobre el tema.

El representante Juan Carlos Lozada, quien ha liderado el seguimiento de la implementación de la ley, ha insistido en la necesidad de que el Gobierno cumpla con la reglamentación para garantizar la protección de los animales en Colombia. Según Lozada, la falta de acción por parte del Ejecutivo demuestra una falta de compromiso con la defensa de los derechos de los animales y con el cumplimiento de las normas aprobadas por el Congreso.

La comunidad animalista y sectores legislativos esperan que el Gobierno acate la orden del Consejo de Estado y avance en la regulación de la norma dentro del plazo establecido. La reglamentación de la Ley 2047 de 2020 es fundamental para consolidar a Colombia como un país comprometido con la protección animal y con la adopción de prácticas cosméticas más éticas y sostenibles.

Juan Joya