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30 septiembre, 2025En una respuesta jurídica contundente, Alejandro Carranza, representante legal del presidente Gustavo Petro, desmontó punto por punto las posibles implicaciones legales de las declaraciones que el mandatario hizo en Nueva York, donde con un megáfono instó a desobedecer órdenes del presidente Donald Trump. La intervención del abogado se produce tras la revocatoria de la visa estadounidense al jefe de Estado colombiano y las especulaciones sobre la aplicación del código penal estadounidense.
Carranza construyó su defensa sobre tres pilares jurídicos que, asegura, hacen “legalmente inviable” cualquier acción contra Petro:
Inmunidad presidencial: un escudo jurídico infranqueable
“El Presidente Petro, como jefe de Estado en ejercicio, goza de inmunidad penal absoluta conforme al derecho internacional consuetudinario”, afirmó el abogado, citando el caso Arrest Warrant de la Corte Internacional de Justicia. Este principio, según Carranza, constituye “un muro jurídico” que tribunales estadounidenses han respetado históricamente, como quedó establecido en Tachiona v. United States (2004).
Las declaraciones: expresión política protegida
Frente a la caracterización de las palabras de Petro como incitación a la insubordinación, Carranza argumentó que “el uso de un megáfono en una protesta no despoja al acto de su carácter soberano”. Recordó que el mandatario se encontraba en Nueva York en misión oficial ante la ONU y que sus declaraciones fueron “expresión política coherente con posiciones oficiales de Colombia”.
Revocatoria de visa: reconocimiento implícito de ausencia de delito
Sobre la medida administrativa contra Petro, el abogado fue categórico: “La revocatoria de la visa refleja el reconocimiento de que no existe base legal para un proceso penal”. Subrayó que se trata de “una decisión administrativa y diplomática, no judicial” que, precisamente por no fundamentarse en lo penal, confirma la solidez de la inmunidad presidencial.
Conclusión: “Cobertura equilibrada, no interpretaciones erradas”
Carranza cerró su argumentación con un llamado directo: “No hay fundamento jurídico para ‘judicializar’ al Presidente Gustavo Petro bajo el 18 U.S.C. § 2387”. Y culminó con una invitación que sonó a advertencia: “Lo invitamos a una cobertura periodística equilibrada, basada en hechos jurídicos y no en interpretaciones erradas”.
La intervención del abogado marca un antes y después en el manejo jurídico-diplomático del caso, elevando el debate desde la especulación mediática hasta el terreno del derecho internacional, donde según su análisis, Petro cuenta con protección absoluta.
Humberto ‘Toto’ Torres




