
Crisis papera en Nariño: “Hoy se siembra a pérdida y los insumos siguen subiendo”
17 julio, 2025
Bucaramanga va por la hazaña: ¿cuáles son las claves para imponerse a Mineiro?
17 julio, 2025Este jueves 17 de julio, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra tres exgobernadores del Putumayo por irregularidades en la contratación de un convenio con fines de formulación de proyectos viales.
Se trata de de Fabián Alfonso Belnavis (14 años y 9 meses de cárcel) y Carlos Alberto Palacios (10 años y 6 meses), condenados por los delitos de peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales; mientras que Renzo Alfonso León Vargas (10 años y 5 meses), fue hallado culpable de peculado por apropiación.
El proceso está relacionado con las irregularidades en la firma y desarrollo de un convenio entre la Gobernación de Putumayo y la Secretaría Ejecutiva de la organización Convenio Andrés Bello (Secab), cuyo objeto fue la “Cooperación y asistencia para coadyuvar a la gestión de programas y proyectos viables, tanto de los diferentes sectores del Plan de Desarrollo Departamental, como otros que propendan por el fortalecimiento institucional de la Gobernación del Departamento del Putumayo”, indicaron en el dictamen.
Todo se habría dado por medio de un acuerdo para asistencia técnica en proyectos de infraestructura en los municipios de Santiago, Colón, Sibunday, San Francisco, Mocoa, Puerto Leguizamo, Orito, Valle del Guamuez y San Miguel. Pese a que se habían realizado incumplimientos por parte de Secab se autorizaron los pagos a ese organismo internacional. Para el ente judicial, los involucrados participaron en diferentes etapas desde la firma del convenio hasta la orden de hacer los pagos, entonces, sabían de las irregularidades y hasta “dieron instrucciones para dar apariencia de legalidad a esos actos administrativos”.
“Lo expuesto anteriormente no solo pone en evidencia que el Convenio Marco y la Carta de Acuerdo 001 de 2005 fueron tramitados y celebrados de manera irregular, sino que también permite acreditar el grado de participación señalado en la sentencia y por el cual fue acusado el procesado en cuestión. Está probado que, para llevar a cabo su cometido, Fabián Alfonso Belnavis Barreiro requirió el apoyo de diversas personas, quienes, desde sus competencias, aportaron lo necesario para seguir adelante con el proceso de contratación directa con la Secab”, agregaron en la sentencia.
Finalmente, la Corte manifestó que con base a las evidencias, los tres exgobernadores desplegaron un modus operandi recurriendo a la Secab y llegaron a acuerdos de que esa organización internacional entregaría “algunos recursos para la ejecución del Convenio Marco y, con ello, se eludieron los postulados de la Ley 80 de 1993 para contratar de manera directa”.
Dayineth Isabel Molina Velásquez




