La Secretaría Distrital de Hacienda dispuso este año vencimientos escalonados según el último dígito de identificación, de la siguiente manera: los documentos finalizados en 0 y 1; martes primero de febrero, en 2 y 3; miércoles 2, en 4 y 5; jueves 3, en 6 y 7, y viernes 4, en 8 y 9. Con el fin de facilitarle a los contribuyentes del régimen común anual el cumplimiento del impuesto de Industria y Comercio (ICA) de la vigencia 2021.
Por lo tanto, el Secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez reiteró, que quienes no puedan declarar en las fechas asignadas tienen plazo máximo hasta este viernes 4 de febrero para cumplir la obligación, después de ese día, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondiente.
Deben cumplir esta obligación personas naturales o jurídicas pertenecientes al régimen común anual, que en el año gravable 2020 declararon un impuesto a cargo igual o inferior a 391 UVT, que equivale a 13.922.000 pesos, así como los contribuyentes nuevos que iniciaron su actividad económica el año pasado.
Del mismo modo, es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad, en el enlace: https://oficinavirtual.shd.
Con respecto al pago del impuesto, los contribuyentes cuentan de manera electrónica con la Oficina Virtual; el botón de pago PSE, y la tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH); así mismo, de forma presencial, pueden hacerlo en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.