La Corte Constitucional negó la acción de tutela con la que el expresidente Álvaro Uribe pretendía eliminar su posición de imputado en su contra, por soborno y fraude procesal a la que fue declarado el 6 de noviembre de 2020, por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá.
Esta decisión fue tomada tras un debate de la Corte y donde 5 votos fueron a favor por parte de Alejandro Linares, Jose Fernando Reyes, Diana Fajardo, Cristina Pardo y Gloria Stella Ortiz y 4 en su contra, el Magistrado Enrique Ibañez, Alberto Rojas, Antonio Lisarazo y Paola Meneses.
Por tanto, el expresidente “podrá solicitar una audiencia innominada ante el juez de control de garantías para efectos de adecuar la actuación procesal en los términos del artículo de la ley 906 del año 2004” Así lo informó el Magistrado Alejandro Linares.
Además aseguró que la Fiscalía puede solicitar a un juez de control de garantías que sea revisada la actuación jurídica, con el fin de confirmar si hubo algún tipo de vulneración a los derechos de Uribe.
Así pues la jueza 28 Bogotá Carmen Helena Ortiz continuará con la audiencia de preclusión que solicitó la Fiscalía.