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Los empleadores no pueden exigir prueba Covid en procesos de contratación.

Ángel Custodio Cabrera, ministro de trabajo, habló para el Portal Informativo e hizo claridad en el tema de la prueba Covid a la hora de entrar a trabajar en una nueva empresa y enfatizó que esta no es obligatoria para la contratación.

El Ministerio de Trabajo aclaró que esto no se realiza por el derecho a la intimidad y también porque la Corte Constitucional dice que no se deben pedir más requisitos de los ya establecidos y explica que hay diferencia entre los exámenes que se toman a la hora de entrar a trabajar y la prueba para Covid 19.

El Ministro Cabrera, también aseguró que, una vez contratada la persona, y solo si se requiere, se puede hacer esta prueba, sin embargo, el empleador es el que debe correr con este gasto, así mismo, si el resultado de la prueba es positivo, el trabajador no puede ser desvinculado de la empresa, sino que, simplemente debe cumplir con el aislamiento preventivo.

Por otra parte, en materia de teletrabajo, dice que este aplica cuando las actividades que se requieren, se pueden hacer en casa y que también se maneja la alternancia, es allí donde cada persona debe cumplir con todos los protocolos de bioseguridad.

Para finalizar, el ministro explicó que se reactivó el subsidio al desempleado por medio de las cajas de compensación.