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14 julio, 2026
Fico rechaza nulidad en la imputación contra Daniel Quintero por el caso Aguas Vivas: “No podemos compartir esta determinación”
15 julio, 2026La justicia anuló la imputación de cargos contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, y otras 12 personas, al considerar que la Fiscalía presentó una imputación con deficiencias que vulneraron el debido proceso y el derecho a la defensa. La decisión no pone fin a la investigación por el caso Aguas Vivas, sino que obliga al ente acusador a rehacer la actuación procesal conforme a los requisitos legales.
La determinación fue adoptada por la Juez 22 Penal del Circuito de Medellín, quien concluyó que la Fiscalía no expuso de manera clara y comprensible los hechos jurídicamente relevantes, ni explicó adecuadamente cómo las conductas atribuidas a cada uno de los procesados se ajustaban a los delitos imputados. Según la togada, estas falencias afectaron las garantías fundamentales de los investigados.
La jueza concluyó que hubo vulneración al debido proceso
Durante la audiencia, la jueza señaló que la narración presentada por la Fiscalía contenía imprecisiones y confusiones respecto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que presuntamente ocurrieron los hechos investigados.
Además, sostuvo que esas inconsistencias impidieron que los procesados ejercieran plenamente su derecho a la defensa y a la contradicción, generando “insubsanables perjuicios al debido proceso”. Por ello, decretó la nulidad de la imputación para que el ente acusador rehaga el procedimiento con las exigencias legales.
La decisión acogió, entre otras, la solicitud presentada por el abogado Juan Felipe Criollo, defensor de Karen Bibiana Delgado, quien promovió la primera petición de nulidad. Asimismo, fueron aceptados los argumentos expuestos por el abogado Santiago Trespalacios, quien también solicitó invalidar la actuación judicial.
¿Qué investiga la Fiscalía en el caso Aguas Vivas?
Daniel Quintero y varios de sus exfuncionarios son investigados por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, prevaricato por acción y peculado por apropiación, dentro del proceso relacionado con el lote conocido como Aguas Vivas.
De acuerdo con la investigación, el predio fue entregado en 2019 a la Alcaldía de Medellín por un grupo de constructores como parte del cumplimiento de obligaciones urbanísticas, por lo que pasó a ser propiedad del municipio sin representar costo alguno para la administración.
Sin embargo, la Fiscalía sostiene que durante la administración de Daniel Quintero se promovieron actuaciones para modificar las condiciones jurídicas del terreno, incluyendo un decreto que habría cambiado el uso del suelo del predio.
Según el ente acusador, esas decisiones habrían abierto la posibilidad de que el Distrito terminara pagando más de 40.500 millones de pesos a particulares por un lote que ya pertenecía gratuitamente al municipio, situación que dio origen a la investigación penal.
Los exfuncionarios cobijados por la decisión
La nulidad también beneficia a 12 personas vinculadas al proceso, entre ellas nueve exintegrantes del gabinete de Daniel Quintero y tres particulares.
Entre los exfuncionarios figuran Ingrid Vanessa González Montoya, Yina Marcela Pedroza Gómez, Carlos Mario Montoya Serna, Karen Bibiana Delgado Manjarrés, Sergio Andrés López Muñoz, Natalia Andrea Jiménez Pérez, Alethia Carolina Arango Gil, Leidy Jiménez Echavarría y Fabio Andrés Trujillo García, quienes continúan siendo investigados dentro del proceso.
Fiscalía y Alcaldía de Medellín apelarán la decisión
La nulidad no implica el cierre del proceso ni la absolución de los investigados. La decisión únicamente deja sin efectos la imputación de cargos realizada hasta el momento y obliga a la Fiscalía a repetir esa actuación respetando los parámetros establecidos por la jueza.
Tanto la Fiscalía General de la Nación como la Alcaldía de Medellín anunciaron que interpondrán recurso de apelación, el cual será sustentado durante la audiencia programada para el próximo 6 de agosto, cuando un tribunal deberá definir si mantiene o revoca la decisión adoptada por la juez de primera instancia.
Sala Digital Colmundo




