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10 octubre, 2025Por medio de un comunicado publicado este viernes 10 de octubre, la precandidata presidencial por el Pacto Histórico, Carolina Corcho y el exdirector del Departamento de Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, interpusieron una impugnación contra el fallo emitido por la Sala Octava de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá el pasado 6 de octubre que, declaró improcedente la tutela que ambos habían presentado contra el Consejo Nacional Electoral (CNE).
En esa tutela, ambos políticos solicitaban la protección de sus derechos fundamentales a la participación política, la igualdad y el debido proceso, con el fin de, según se lee en el documento, “restablecer la igualdad frente a decisiones previas del CNE y garantizar la plena personería del movimiento”. Corcho y Bolívar consideran que el Tribunal incurrió en una interpretación equivocada de la norma y del precedente constitucional. En su criterio, el fallo no tuvo en cuenta que la medida del CNE “impuso una restricción desproporcionada que impidió la participación del Pacto Histórico como fuerza política fusionada en el proceso electoral”.
A su juicio, esta situación no solo afecta al movimiento como organización, sino también a sus militantes, quienes, según afirman, son titulares de los mismos derechos fundamentales. La defensa de la aspirante a la Casa de Nariño, argumentó que el Tribunal desconoció que las decisiones administrativas del CNE afectan directamente a los militantes, quienes también tienen derecho al debido proceso. En la misiva se advierte además que la decisión judicial “quebrantó el principio de congruencia, al resolver sobre aspectos distintos a los planteados en la tutela”. Según la exministra, el fallo ignoró la naturaleza jurídica de la fusión del movimiento y el principio democrático que rige las actuaciones de las organizaciones políticas.
Otro de los puntos centrales de la impugnación es el presunto trato desigual que, según los demandantes, se ha dado frente a otros casos similares. Además, se mencionan a los partidos Dignidad & Compromiso y Fuerza de la Paz, los cuales “sí obtuvieron el reconocimiento de personería jurídica pese a la existencia de procesos sancionatorios”. Y subrayaron que esta diferencia constituye una vulneración al derecho a la igualdad y a la no discriminación política, pues al Pacto Histórico no se le aplicaron los mismos criterios.
Asimismo, Bolívar y Corcho señalan que la postura del CNE “impone barreras injustificadas” que limitan el ejercicio político de los ciudadanos que integran el movimiento. También sostienen que el fallo del Tribunal “refuerza un precedente negativo” que puede afectar el equilibrio democrático y la representación de fuerzas alternativas. Con ello, advierten, se corre el riesgo de excluir de manera arbitraria a un sector significativo del electorado en vísperas de la consulta popular del 26 de octubre.
Finalmente, la precandidata Corcho solicitó que el juez de segunda instancia revoque el fallo y “ampare los derechos fundamentales de participación política, igualdad y debido proceso” del Pacto Histórico. También pidió que se ordene al CNE culminar los procesos sancionatorios pendientes y que, en caso de mantenerse, “sus obligaciones sean asumidas por la nueva personería jurídica del Pacto Histórico”.
Dayineth Isabel Molina Velásquez




