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14 agosto, 2025El Juzgado Primero Civil Municipal de Rionegro (Antioquia) negó un recurso de habeas corpus interpuesto para reclamar la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
El recurso no fue promovido por la defensa del exmandatario, sino por el abogado Fredy Alberto Lara Borja, y fue desestimado por el juez al concluir que carecía de fundamento legal.
En Colombia, el habeas corpus es un mecanismo constitucional que busca proteger el derecho fundamental a la libertad personal, evitando que una persona sea privada de ella de manera arbitraria, ilegal o sin las garantías del debido proceso. Este recurso puede presentarse en nombre propio o a favor de otra persona, incluso sin abogado, y debe resolverse en un plazo máximo de 36 horas, lo que lo convierte en una de las herramientas más rápidas del sistema judicial.
Tutelas contra la prisión domiciliaria
De forma paralela, el Tribunal Superior de Bogotá estudia varias acciones de tutela con las que la defensa pretende tumbar la medida de detención domiciliaria impuesta a Uribe.
Recientemente, el magistrado Leonel Rogéles Moreno, de la Sala Penal del Tribunal, rechazó una medida provisional solicitada por los abogados del exmandatario para suspender la detención mientras se decide la tutela de fondo. Según el magistrado, la solicitud no cumplía con los criterios de urgencia, necesidad e impostergabilidad exigidos para que un juez constitucional intervenga de manera inmediata.
El Tribunal sostuvo que debe respetarse lo decidido en primera instancia y que no hay elementos de juicio suficientes para modificar la detención antes de que se resuelva la tutela.
Argumentos de la defensa
La acción de tutela de 91 páginas argumenta que la sentencia emitida por la juez 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, vulneró de manera grave los derechos a la dignidad, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad de Uribe, al ordenar su detención inmediata pese a que la condena aún no está en firme.
El abogado Jaime Granados sostiene que la decisión judicial presenta vicios de motivación y desconoce la presunción de inocencia, convirtiendo la detención en arbitraria y contraria a la dignidad humana. Asimismo, afirma que, en el sistema jurídico colombiano, las medidas privativas de la libertad antes del juicio deben ser excepcionales y responder a estrictos criterios de necesidad, racionalidad, urgencia y proporcionalidad.
En el escrito, la defensa advierte que no se puede usar la detención de una persona presumida inocente como ejemplo o mecanismo disuasorio para otros ciudadanos, pues ello implica tratarla como culpable sin una sentencia definitiva. Además, rechaza la afirmación de que se hayan presentado maniobras dilatorias en el proceso, asegurando que ni la defensa técnica ni la defensa material incurrieron en tales prácticas.
Humberto ‘Toto’ Torres




