En el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, el Gobierno Nacional estableció nuevas medidas con respecto al procedimiento automático de devolución o compensación de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas IVA, y determinó acciones de fiscalización por medio de visitas virtuales.
De acuerdo con el Decreto 807 de 2020, hasta el 19 de junio de 2020 los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas (IVA), que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria, podrán adelantar el trámite de solicitud de devolución o compensación de sus saldos a favor por Renta y/o IVA, mediante el proceso automático.
Las solicitudes radicadas hasta el 18 de junio bajo el trámite establecido en el Decreto 535 de devoluciones abreviadas, se terminarán de tramitar bajo ese procedimiento.
Dadas las nuevas circunstancias y la necesidad de adaptación a las nuevas realidades, el Decreto también implementó la fiscalización por medio de visitas virtuales.
Así las cosas, la administración tributaria podrá realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control virtuales en materia de fiscalización tributaria y de control cambiario, cuyo propósito es constatar la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes, los usuarios cambiarios y/o terceros.
Estas medidas facilitarán a los administrados atender oportunamente los requerimientos de la entidad y le dan nuevas herramientas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para el cumplimiento de los objetivos y las metas de gestión trazados.