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Seguridad garantizada durante las Fiestas de Independencia en Cartagena: ¿cómo será la estrategia?

El secretario del Interior y Convivencia Ciudadana, Bruno Hernández, reiteró a la ciudadanía que las Fiestas de la Independencia, celebradas en Cartagena, podrán disfrutarlas en total tranquilidad gracias a la capacidad operativa de la fuerza pública durante los diferentes eventos de los cinco días de festejos.

“Tendremos más de 800 policías durante el desfile por toda la Avenida Santander y en unos puntos estratégicos estaremos vigilando de manera especial. Queremos que todos los cartageneros se disfruten las fiestas de principio a fin”, aseguró Hernández.

El funcionario insistió en el seguimiento que se le hará a las medidas expedidas en el decreto de orden público 1612, del 24 de octubre, y que busca favorecer la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana con ocasión de la conmemoración del aniversario 213 de la Independencia de Cartagena de Indias.

“Es importante el buen comportamiento. Al bando recomendamos llegar temprano, utilizar el transporte público y tener especial cuidado con los menores. Seremos implacables con los retenes ilegales en los barrios, donde estará la Policía monitoreando y vigilando los diferentes eventos, que reiteramos son más de 160 autorizados a los que pueden asistir, ya que cuentan con el respaldo y autorización de la administración”, expresó.

https://twitter.com/Ipcc_Cartagena/status/1854139081006964808

Las medidas expedidas en el decreto 1612 por motivo de las Fiestas de la Independencia son las siguientes:

1.         Los asistentes y organizadores y/o productores de los eventos velarán por el cuidado e integridad del espacio público, absteniéndose de asumir comportamientos contrarios al cuidado e integridad de este o que pongan en riesgo la vida e integridad de las personas.

2.         Estará prohibido el porte y consumo de bebidas alcohólicas en envases de vidrio durante el ingreso, salida, evacuación como en el desarrollo de los eventos.

3.         Se prohíbe la venta de alcohol a las personas que presenten comportamientos o síntomas de intoxicación etílica.

4.         La autorización del expendio y consumo de bebidas alcohólicas se realizará sin perjuicio de aquellos comportamientos y prohibiciones que afectan la integridad de niños, niñas y adolescentes.

5.         Queda prohibido el uso de drogas estupefacientes, sustancias psicoactivas, tóxicas o prohibidas, no autorizados para su consumo.

6.         Restringir hasta las 02:00 am. El horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio en los que se expendan y/o consuman bebidas embriagantes tales como bares, cafés, discotecas y restaurantes, corporaciones privadas y/o clubes sociales en el Distrito de Cartagena

7.         Prohibir en el barrio y barrios circundantes donde se llevarán a cabo los eventos oficiales, cabildos autorizados por la Secretaria del Interior y Convivencia, la realización de cualquier tipo de espectáculos públicos o eventos privados en establecimientos comerciales y/o residenciales que conlleven la utilización de pickup o cualquier otra clase de artefactos de amplificación sonora, con excepción de los eventos autorizados por la secretaria del Interior y Convivencia Ciudadana.

Sala Digital Colmundo