El hoy presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, perdió el recurso con el que pretendía impedir la investigación del Consejo Nacional Electoral (CNE) ante la presunta violación de topes electorales en la campaña de Gustavo Petro, cuando él se desempeñó como gerente de la misma.
Este martes, el Tribunal Superior de Bogotá le negó una acción de tutela con la que quería tumbar dicha indagación. El pasado 8 de octubre, con siete votos a favor de iniciar la investigación, el CNE formuló cargos al presidente Gustavo Petro y a Ricardo Roa por la presunta violación de topes de financiación. Tras este anuncio, el jefe de Estado aseguró que el CNE rompió el fuero presidencial y que es el primer paso para un golpe de Estado en su contra.
Es importante recordar que los magistrados César Lorduy, Alfonso Campo, Maritza Martínez, Cristian Quiroz y Altus Baquero apoyaron la ponencia de Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz. Entre tanto, las magistradas Fabiola Márquez y Alba Lucía Velásquez salvaron el voto, al sostener que el CNE no tiene las competencias para investigar al presidente de la República.
Tras conocerse la decisión, Roa presentó una acción de tutela pidiendo el “archivo de la indagación por varias razones de orden jurídico que se formularon en el documento, entre las que se encuentran yerros a nivel procesal que no permiten continuar con el trámite”.
La magistrada ponente, Martha Isabel García, conceptuó este martes que la acción de tutela “no es el medio idóneo para lograr el archivo de la aludida investigación”. La magistrada sostuvo que el presidente de Ecopetrol debe agotar otro requisito: controvertir directamente ante la autoridad electoral los cargos que le fueron imputados en su momento.
En el fallo se lee lo siguiente: “dado que no se cumple con el elemento de la subsidiariedad, pues con anterioridad se debe agotar el conducto regular; es decir, acudir a la autoridad para exponer las irregularidades que ahora aduce; circunstancia que no se ha verificado en este asunto, por cuanto aún se encuentra en trámite la notificación de la resolución 05175 del 8 de octubre de 2024”.
La decisión añade que no se generó daño alguno a los derechos fundamentales del hoy presidente de Ecopetrol con el anuncio de la investigación administrativa en su contra y en contra de Petro, en su calidad de candidato.
El CNE aseguró que en la primera vuelta hay una presunta vulneración al límite de gastos en la campaña por $3.709 millones, desagregados así: aporte de Fecode por $500 millones, préstamo del partido Polo Democrático por $500 millones, pago de testigos electorales por $931 millones, gastos por concepto de propaganda electoral por la suma de $356 millones, y omitió el reporte de pagos efectuados desde la campaña al Senado 2022 por $202 millones. También omitió el reporte de ingresos y gastos del servicio de transporte aéreo por la suma de $1.249 millones y el reporte de los aportes realizados por la USO por valor de $12 millones.
De acuerdo con César Lorduy, presidente del CNE, se explicó que los topes se excedieron por la suma de $1.646 millones en la segunda vuelta y detalló las faltas: “primero, omitir el reporte de gastos del evento realizado el 19 de julio de 2022 por $100 millones, omitir el reporte de pagos a testigos electorales por $117 millones, y omitir el reporte de ingresos y gastos del servicio de transporte aéreo por la suma de $962 millones”.
El magistrado añadió que se omitió el reporte de ingresos y gastos por concepto de pagos realizados por el movimiento Político Colombia Humana por $530 millones y, por último, omitió el reporte de los aportes realizados por la USO por un valor de $379 millones. Lorduy señaló el pasado 8 de octubre que esta es la apertura de la formulación de cargos; “por ahora, no hay sanción, es la apertura de la investigación”.
Juan Joya