Con 50 firmas de apoyo de congresistas de diferentes bancadas, se radicó ante la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley #NoSonEquipaje, que busca regular el transporte público aéreo, terrestre, marítimo y fluvial de perros y gatos domésticos en el país.
Carlos Ardila, el representante a la Cámara y autor de la iniciativa, explicó que este Proyecto de Ley asegura condiciones dignas y seguras para estos animales, reconociéndolos como seres sintientes y de especial protección estatal.
“Los perros y gatos domésticos no son equipaje; son seres vivos con necesidades específicas que deben ser respetadas y protegidas. Se fijan nuevas reglas y obligaciones que deberán cumplir tanto autoridades, empresas de transporte y usuarios para garantizar óptimas condiciones de salubridad, seguridad, comodidad, tranquilidad y bienestar animal”, indicó el representante Carlos Ardila.
Para que un usuario pueda transportar su perro o gato doméstico en la cabina de pasajeros, deberá cumplir con las siguientes reglas: el animal debe estar acompañado por su dueño o por un responsable durante todo el trayecto, la edad mínima del animal deberá ser de cinco (5) meses, solo se podrá llevar un animal por pasajero o responsable, dar aviso al transportador con 24 horas de antelación y presentar fotocopia del carné de vacunación.
También, los perros y gatos serán clasificados por su peso. Por ejemplo, cuando el animal pese de 1 a 15 kilos deberá permanecer sujetado y no requerirá guacal, sin importar sus medidas, siempre y cuando vaya en los pies, debajo del asiento o al frente, y su transporte deberá ser gratuito.
Cuando el perro o gato doméstico pese 15 kilos o más, deberá permanecer sujetado, no requerirá guacal, y su dueño asumirá los costos por su desplazamiento, que serán definidos por la autoridad competente, teniendo en cuenta los gastos operativos, de mantenimiento y otros factores específicos que inciden en la determinación de la tarifa para garantizar el transporte de perros y gatos domésticos en cabina.
El Proyecto de Ley deberá surtir cuatro debates en el Congreso. En caso de convertirse en Ley de la República, las empresas de transporte aéreo, terrestre y fluvial tendrán tres (3) meses para cumplir con la implementación de esta ley. Por su parte, el Ministerio de Transporte, la Aeronáutica Civil y el Ministerio de Defensa deberán reglamentar lo relativo al transporte de perros y gatos domésticos.
Por último, la Superintendencia de Puertos y Transporte y la Aeronáutica Civil contarán con tres (3) meses para implementar las sanciones requeridas por el incumplimiento de la presente ley como: transportar a los perros y gatos domésticos como equipaje, negar el servicio de transporte de perros y gatos domésticos, impedir el acceso de los perros y gatos domésticos a establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones y espacios relacionados con el transporte.
Paola Martínez Burgos