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#NoSonEquipaje: nuevo proyecto de ley por un transporte seguro para mascotas

Con 50 firmas de apoyo de congresistas de diferentes bancadas, se radicó ante la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley #NoSonEquipaje, que busca regular el transporte público aéreo, terrestre, marítimo y fluvial de perros y gatos domésticos en el país.

Carlos Ardila, el representante a la Cámara y autor de la iniciativa, explicó que este Proyecto de Ley asegura condiciones dignas y seguras para estos animales, reconociéndolos como seres sintientes y de especial protección estatal.

“Los perros y gatos domésticos no son equipaje; son seres vivos con necesidades específicas que deben ser respetadas y protegidas. Se fijan nuevas reglas y obligaciones que deberán cumplir tanto autoridades, empresas de transporte y usuarios para garantizar óptimas condiciones de salubridad, seguridad, comodidad, tranquilidad y bienestar animal”, indicó el representante Carlos Ardila.

Para que un usuario pueda transportar su perro o gato doméstico en la cabina de pasajeros, deberá cumplir con las siguientes reglas: el animal debe estar acompañado por su dueño o por un responsable durante todo el trayecto, la edad mínima del animal deberá ser de cinco (5) meses, solo se podrá llevar un animal por pasajero o responsable, dar aviso al transportador con 24 horas de antelación y presentar fotocopia del carné de vacunación.

También, los perros y gatos serán clasificados por su peso. Por ejemplo, cuando el animal pese de 1 a 15 kilos deberá permanecer sujetado y no requerirá guacal, sin importar sus medidas, siempre y cuando vaya en los pies, debajo del asiento o al frente, y su transporte deberá ser gratuito.

Cuando el perro o gato doméstico pese 15 kilos o más, deberá permanecer sujetado, no requerirá guacal, y su dueño asumirá los costos por su desplazamiento, que serán definidos por la autoridad competente, teniendo en cuenta los gastos operativos, de mantenimiento y otros factores específicos que inciden en la determinación de la tarifa para garantizar el transporte de perros y gatos domésticos en cabina.

El Proyecto de Ley deberá surtir cuatro debates en el Congreso. En caso de convertirse en Ley de la República, las empresas de transporte aéreo, terrestre y fluvial tendrán tres (3) meses para cumplir con la implementación de esta ley. Por su parte, el Ministerio de Transporte, la Aeronáutica Civil y el Ministerio de Defensa deberán reglamentar lo relativo al transporte de perros y gatos domésticos.

Por último, la Superintendencia de Puertos y Transporte y la Aeronáutica Civil contarán con tres (3) meses para implementar las sanciones requeridas por el incumplimiento de la presente ley como: transportar a los perros y gatos domésticos como equipaje, negar el servicio de transporte de perros y gatos domésticos, impedir el acceso de los perros y gatos domésticos a establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones y espacios relacionados con el transporte.

Paola Martínez Burgos