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Tribunal niega cambio de juzgado a Óscar Iván Zuluaga

El Tribunal Superior de Bogotá desestimó la impugnación de competencia y determinó que el caso del excandidato presidencial se adelante ante jueces especializados.

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá determinó este lunes 12 de febrero de 2024 infundada la solicitud de impugnación de competencia radicada por la defensa del excandidato a la Presidencia de la República Óscar Iván Zuluaga y su hijo, David Zuluaga.

Por lo tanto, se ordenó que el juicio por el proceso ante presunta financiación irregular de la multinacional brasileña Odebrecht para la campaña de 2014 se adelante ante los jueces especializados de Bogotá.

El alto tribunal se pronunció luego de los argumentos presentados por la defensa de Óscar Iván Zuluaga y su hijo, además de la Procuraduría, sobre que al parecer se había asignado equivocadamente el expediente al Juzgado Segundo Especializado.

En su momento, el organismo de control expresó que el juzgado no era competente para conocer el proceso por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares, ya que se habría configurado por actividades relacionadas con hechos de corrupción.

El pasado 6 de febrero, en medio de una audiencia desarrollada, la juez señaló que se declaraba incompetente en este caso porque “la Fiscalía imputó los delitos de fraude procesal, falsedad de documento privado y enriquecimiento ilícito de particulares. Los dos primeros delitos no tienen asignación especial de competencia, por lo cual, debido a su naturaleza y en virtud de la competencia residual, deben ser conocidos por los jueces especiales del circuito. En cambio, los jueces penales del circuito especializado responden al delito de enriquecimiento ilícito. En principio, este despacho sería competente”.

Es decir, por la naturaleza de los cargos, la juez optó por apartarse ya que “reconocer el delito de lavado como delito base fuera del enriquecimiento ilícito de particulares vulneraría el principio de congruencia (…) el cual es de aplicación estricta cuando se atribuyen hechos jurídicamente relevantes”.

Así las cosas, el Tribunal declaró como infundada la aceptación de incompetencia de la jueza Segunda Especializada de Bogotá y le ordenó retomar el juicio contra el excandidato presidencial y su hijo por el caso Odebrecht.

Juan Joya