¿En qué se diferencia una captura directa de una incidental?
La Autoridad Nacional de Agricultura y Pesca (AUNAP), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, publicó una resolución donde autoriza que algunas especies de tiburones y rayas marinas en Colombia sean consideradas recursos pesqueros, a pesar de contar con medidas de protección y conservación.
Se trata de la Resolución No. 0119 de 2024, firmada por la directora general (encargada) de la AUNAP, Karen Elena Mejía Piñeres, en la que se amplía el catálogo de especies marinas que pueden utilizarse como recursos pesqueros.
Es de resaltar que las capturas incidentales o no deseadas se producen cuando, de manera involuntaria, se capturan peces u otras especies marinas mientras se intenta pescar otro tipo de peces. En algunos casos, las capturas incidentales no se pueden controlar y se capturan especies no deseadas que terminan en las redes de pesca.
Por su parte, la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, expresó que la resolución no autoriza la pesca directa de tiburones y rayas en Colombia; más bien, plantea reglamentar la captura incidental de tiburones y rayas marinas con seguimiento y control. Esto busca garantizar el derecho humano a la alimentación de 66 mil familias costeras cuyo sustento deriva del ejercicio de la pesca.
La pesca dirigida de tiburones y rayas marinas, así como su comercialización internacional, sigue estando prohibida de conformidad con el artículo 2 de la Resolución 380 del 5 de marzo de 2021.
Ante el desafío de la pesca incidental, la decisión de la AUNAP pone bajo consideración las tradiciones afro de la comunidad pesquera. La resolución reconoce la pesca de tiburones y rayas cuando esta se da de manera incidental.
Juan Joya