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Primer día sin carro y sin moto: se confirma la primera fecha en Bogotá.

Los ciudadanos que tengan vehículos particulares tendrán que movilizarse en el transporte público, usar la bicicleta o caminar en esta jornada.

La capital colombiana tendrá el primer Día sin carro y sin moto del 2024 el próximo 1 de febrero. Según lo establece el Decreto 036 de la Alcaldía Mayor, norma que señala desde el año pasado al primer jueves de febrero como jornada de prohibición para la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad.

Aunque la actual administración distrital no ha suministrado mayores detalles de los horarios, la decisión de restricción para vehículos automotores y motocicletas se daría entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m.

“Se recomienda a las organizaciones públicas y privadas que funcionan en Bogotá D.C. implementar acciones de movilidad urbana sostenible durante la jornada entre sus colaboradores mediante alternativas como: trabajo en casa y/o teletrabajo, escalonamiento de horarios laborales, caminata, uso del transporte público, uso de la bicicleta y micromovilidad, entre otros”, se observa en el parágrafo 4 de la norma mencionada.

https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=135078

Se estima que cerca de dos millones de vehículos dejarán de circular en la ciudad durante la primera jornada del Día sin carro y sin moto, que tiene entre sus objetivos promover el uso de diferentes alternativas de movilidad y reducir el impacto medioambiental.

Tenga en cuenta que los vehículos de transporte de carga, incluyendo camionetas con carrocería, estacas, estibas, furgón y panel, así como la maquinaria agrícola, industrial o de construcción, estarán sujetos a las restricciones establecidas.

Sin embargo, hay excepciones en la medida, tales como:

La jornada habilitará la circulación de vehículos dedicados al transporte público, vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte, vehículos y motos de emergencia, vehículos y motos con motores eléctricos, rutas escolares, carrozas fúnebres, vehículos de transporte de valores, vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros, vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios, transporte destinado al control del tráfico y las grúas.

También están exceptuadas de la jornada: la caravana presidencial, vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado, vehículos de servicio diplomático o consular, motos de vigilancia y seguridad privada, vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección, motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos, transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público, y vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.

La sanción por sacar el vehículo durante el día sin carro y sin moto está estipulada en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14. La multa por su incumplimiento sería de $522.900 y la inmovilización del vehículo.

Juan Joya