La Superintendencia de Industria y Comercio informó, mediante un comunicado, sobre la imposición de millonarias multas a almacenes Falabella, así como a las constructoras Galias y Management + Development Constructora S.A.S., por más de $116 millones debido a la afectación de los derechos de los consumidores demandantes.
La entidad, a través de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, en un hecho excepcional, aplicó multas que superan los $116 millones de pesos a dos firmas constructoras y un almacén de grandes superficies, tras comprobar que afectaron gravemente los derechos de los consumidores demandantes, quienes además deberán ser indemnizados según las reclamaciones en cada caso.
Asimismo, ordenó a Constructora Las Galias S.A.S. indemnizar a una consumidora y pagar una multa de cincuenta y ocho millones de pesos ($58.000.000), al confirmar su incumplimiento con el deber de proporcionar información completa y veraz a la demandante. Además, afectó su derecho a la libre elección al imponerle una entidad financiera específica para acceder al crédito con el cual pagaría el saldo del inmueble. La entidad sancionada nunca informó a la consumidora que, al apartarse del listado de bancos previamente elegidos por la constructora, perdería su derecho a adquirir la vivienda.
La Delegatura determinó la afectación de los derechos constitucionales de un consumidor a la vivienda digna y a la salud. Además de ordenar a la sociedad Management + Development Constructora S.A.S. el cambio del bien inmueble por otro de igual o similares características, también le impuso una multa de cincuenta y ocho millones de pesos ($58.000.000).
Durante el proceso se demostró que la constructora demandada vulneró las normas del Estatuto del Consumidor debido a las fallas reiteradas y comprobadas presentadas en el apartamento 104 de la Torres San Rafael, etapa II, de Bogotá D.C. Las fallas estuvieron relacionadas con la inundación del bien, especialmente en época de lluvias, y el reflujo de aguas negras.
En el caso de Falabella de Colombia S.A., se halló una violación al Estatuto del Consumidor. En el proceso judicial se comprobó el incumplimiento en la efectividad de la garantía ante las fallas reiteradas de un celular adquirido por un consumidor. La falta de calidad e idoneidad del equipo, y la omisión del segundo ingreso por falla técnica del celular adquirido, fueron evidentes. La compañía Falabella fue multada por la negativa a realizar el reintegro del valor pagado por el producto o su cambio, a pesar de los defectos reiterados de calidad e idoneidad presentados. La multa ascendió a once millones ciento sesenta mil pesos ($11.160.000).
La facultad para imponer multas está prevista en el numeral 10° del artículo 58 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) y se aplica excepcionalmente en casos de grave incumplimiento de las obligaciones contractuales o legales en cabeza del productor o proveedor.
Paola Martínez