Dentro de los acusados figuran cinco generales.
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó por crímenes de guerra y de lesa humanidad a 35 miembros del Ejército Nacional, entre ellos 5 generales, por 200 casos de falsos positivos, incluyendo 32 desapariciones forzadas y ocho tentativas de homicidio registrados en el Huila.
La JEP optó por imputar como máximos responsables a tres antiguos comandantes de la Brigada IX del Ejército a título de autores por omisión: al mayor general Miguel Ernesto Pérez Guarnizo, al general (r) Jaime Alfonso Lasprilla Villamizar, quien llegó a ser comandante del Ejército Nacional, y al brigadier general William Fernando Pérez Laiseca.
En cuanto a los mayores generales (r) Édgar Alberto Rodríguez Sánchez y Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, junto a los 30 comparecientes que se desempeñaron como miembros de los pelotones, comandantes de pelotón y compañía de las cuatro unidades priorizadas, todos tendrán que responder a título de coautores por los crímenes que se les señala.
Para la Sala, los uniformados habrían llegado a un común acuerdo, con división del trabajo criminal, y realizaron aportes esenciales en la planeación, ejecución y encubrimiento de los hechos.
Entre los argumentos probados por el alto tribunal, figuran la sistematicidad de los casos y la evidencia de que los militares estuvieron de acuerdo en la ejecución de un plan criminal cuya misión fue exhibir como resultados operacionales legítimos homicidios perpetrados en combates, con el propósito de brindar una falsa sensación de seguridad a la opinión pública, así como alcanzar beneficios profesionales y mayor legitimidad institucional.
En la investigación dentro del Subcaso de falsos positivos en el Huila, la Sala de Reconocimiento de Verdad se percató de una falla sistémica de las instituciones, militares y civiles, encargadas de la protección de la población. Los mecanismos de control fallaron o fueron insuficientes para proteger los bienes jurídicos de las personas más vulnerables. Y solo se adoptaron medidas cuando las atrocidades salieron a la luz.
Tras la imputación de la JEP, los imputados cuentan con 30 días hábiles para aceptar los hechos y su responsabilidad o rechazarlas. También pueden aportar más evidencia. Asimismo, las víctimas acreditadas y la Procuraduría disponen del mismo plazo para presentar sus observaciones frente a la decisión de la JEP.
Juan Joya